martes, 16 de junio de 2009

DIRECTIVA Nro 007-2009- AGP-D-UGE-T-“NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA VI OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁTICA 2009”

DIRECTIVA Nro 007-2009- AGP-D-UGE-T

“NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LA VI OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMÁTICA 2009”

I. FINALIDAD

Normar la organización y el proceso de participación de los estudiantes de Educación Secundaria en la VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 – VI ONEM 2009 para todos los niveles descentralizados como acción a cargo de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica para la promoción y desarrollo de la educación matemática en nuestra región dentro de la propuesta del Diseño Curricular Nacional, mediante la aprobación de las Bases Generales del Concurso


II. OBJETIVOS
2.1. Generales:
• Normar la organización y desarrollo, de la VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 -VI ONEM 2009, a nivel local, regional y nacional.
2.2. Específicos:
a) Normar la organización y desarrollo, de la VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 - VI ONEM 2009, en el ámbito de las Instituciones Educativas.
b) Normar la organización y desarrollo de la VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 - VI ONEM 2009, en sus diferentes etapas.

III. BASE LEGAL
3.1 Ley N° 28044, Ley General de Educación.
3.2 Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por Ley N° 26510.
3.3 Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica.
3.4 Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
3.5 Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
3.6 Decreto Supremo N° 013 - 2004 - ED, que aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular.
3.7 Decreto Supremo N° 009 - 2005 - ED, Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo.
3.8 Decreto Supremo N° 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modificatorias.
3.9 Resolución Ministerial N° 0180-2004-ED, modificada por Resolución Ministerial 0178 -2005-ED, establece la "Olimpiada Nacional Escolar de Matemática".
3.10 Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED, que aprueba el "Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular".
3.11 Resolución Ministerial N° 0441-2008-ED, que aprueba "Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2009 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva".
3.12 Resolución Vice Ministerial N° 014 - 2009 - ED, que conforma la "Comisión Nacional de Organización de la VI ONEM 2009".
IV. ALCANCES
4.1. Dirección General de Educación Básica Regular. (DIGEBR)
4.2. Dirección de Educación Secundaria. (DES)
4.3. Direcciones Regionales de Educación (DRE).
4.4. Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).
4.5. Instituciones Educativas de gestión pública y privada del país, del nivel de Educación Secundaria. (MEE)
V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 El Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular y de la Comisión Nacional de Organización, son los encargados de planificar, supervisar y evaluar la "VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 - VI ONEM 2009", en sus diferentes etapas.
5.2. Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión
Educativa Local, en coordinación con las Direcciones de las Instituciones Educativas, son responsables de planificar, organizar, ejecutar y evaluar la VI ONEM 2009 en sus respectivas jurisdicciones, en concordancia con las Bases de la VI ONEM 2009.
5.3. Los Directores de las Instituciones Educativas y los profesores de Matemática y de otras áreas afines que contribuyan al desarrollo de capacidades y habilidades matemáticas y científicas, motivarán la participación de los estudiantes en la VI ONEM 2009, propiciando la organización y puesta en funcionamiento de los Comités Organizadores, según lo establecido en las Bases.
5.4. Los Comités Organizadores, en cada etapa, realizarán la aplicación de las pruebas de la VI ONEM 2009 y las actividades de apoyo a ellas, procurando, en lo posible, no alterar las sesiones de aprendizaje de los estudiantes en la IE.
5.5. Las Direcciones Regionales de Educación establecerán una estrecha coordinación con el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Secundaria (DES) para comunicar las diferentes actividades y acciones que se lleven a cabo durante el desarrollo de la VI ONEM 2009, especialmente para la ejecución conjunta de la tercera y cuarta etapa, en concordancia con los fines de la presente Directiva y lo establecido en las Bases.
VI. DISPOSICIONES ESPECÏFICAS
6.1. De los Órganos e instancias:
Los órganos e instancias de la VI ONEM 2009 son los siguientes:
a) La Comisión Nacional de Organización.
■La Comisión Nacional elaborará y aprobará las Bases de la VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática - VI ONEM 2009.
■La Comisión Nacional tendrá la responsabilidad de planificar, orientar y supervisar la VI ONEM 2009, en sus diferentes etapas.
b) Los Comités Organizadores.
Para el desarrollo de las primeras tres etapas de la VI ONEM 2009 se constituirá un Comité Organizador, con un máximo de cinco integrantes. Cada Comité Organizador estará presidido por el director de la IE, UGEL o DRE según sea el caso.
6.2. De las Funciones de los Comités Organizadores:
a) Organizar, convocar, difundir, ejecutar y evaluar el desarrollo de la Olimpiada en su jurisdicción.
b) Responsables de verificar la identidad de los estudiantes y su pertenencia a la Institución Educativa.
c) Enviar los problemas formulados por los especialistas responsables de la VI ONEM 2009 y profesores, para formar el Banco de preguntas.
d) Realizar las gestiones que considere necesarias para asegurar la difusión participación y reconocimiento de alumnos, docentes e instituciones participantes.
e) Convocar y asistir al jurado calificador.
f) Determinar y acondicionar las instalaciones donde se realizará la Olimpiada, garantizando que se desarrollen en lugares apropiados y con estricta imparcialidad.
g) Propiciar acciones conjuntas con agentes de la sociedad para la promoción, reconocimiento y valoración de la educación matemática en nuestra sociedad.
h) Inscribir a los estudiantes ganadores en la etapa correspondiente.
i) Son responsables de dar respuesta a las situaciones imprevistas, presentadas en la etapa correspondiente.
j) Remitir a la Comisión Nacional los resultados obtenidos el mismo día que se califiquen las pruebas, al correo electrónico: onem@minedu.gob.pe y los anexos e informe indicados.
k) Elaborar el informe de la organización, ejecución y evaluación de la etapa que le corresponde, vía oficial, a la instancia inmediata superior y al correo electrónico: onem@minedu.gob.pe
6.3. De la Organización y ejecución
a) Niveles:
La participación de las y los estudiantes se dará de acuerdo a los siguientes niveles:
• Nivel 1: estudiantes del 1er. y 2do. grados.
• Nivel 2: estudiantes del 3er. y 4to. grados.
• Nivel 3: estudiantes de 5to. grado.
b) Categorías:
Con la finalidad de estimular y reconocer a los estudiantes más destacados de las Instituciones Educativas públicas y privadas, se consideran dos categorías:
• Categoría ALFA: estudiantes de Instituciones Públicas.
• Categoría BETA: estudiantes de Instituciones Privadas.
c) Etapas:
La VI Olimpiada Nacional Escolar de Matemática 2009 se desarrollará en cuatro etapas y una prueba de comprobación. En cada una de ellas se aplicará una prueba única, de acuerdo a lo establecido en las Bases:


• Primera etapa: A nivel de Instituciones Educativas, prueba clasificatoria para la siguiente etapa.
• Segunda etapa: A nivel de UGEL, prueba clasificatoria para la etapa regional.
• Tercera etapa: A nivel regional, prueba virtual clasificatoria para la final nacional.
• Cuarta etapa: Prueba final, a realizarse en Lima.
• Prueba de comprobación: A nivel de Instituciones Educativas.



6.4. De la Evaluación de las pruebas
6.4.1. Para la evaluación de las pruebas, en la etapa que les corresponda, los Comités Organizadores nominarán un Jurado Calificador, integrado por profesionales de la especialidad, de experiencia y méritos reconocidos.
6.4.2. Para la prueba nacional, la Comisión Nacional, nominará Tribunales Calificadores conformados por profesionales de la especialidad, de experiencia y méritos reconocidos, por cada nivel.
6.5. De los Premios e incentivos
La premiación e incentivos se realizarán en sus correspondientes etapas:
a. Nivel Local

i. La institución educativa gestionará en lo posible la premiación y reconocimiento de los estudiantes que alcanzaron a clasificar a la segunda etapa en la VI ONEM 2009.
ii. La institución educativa reconocerá con una resolución directoral de felicitación a los docentes que han promovido la VI ONEM 2009.
iii. La UGEL gestionará la premiación y reconocimiento de los estudiantes que alcanzaron la tercera etapa VI ONEM 2009.
iv. La UGEL emitirá una resolución de felicitación a las instituciones educativas ganadoras de la segunda etapa de la VI ONEM 2009.
b. Nivel Regional
i. La DRE premiará y reconocerá a los estudiantes participantes que pasaron a la cuarta etapa VI ONEM 2009.

ii. La DRE emitirá una resolución de felicitación a las IIEE. ganadoras mencionando los nombres de los docentes participantes en la tercera etapa de la VI ONEM 2009.

iii. La DRE emitirá una resolución de felicitación a los y las especialistas responsables de las UGEL que hayan demostrado una participación en la organización, ejecución y evaluación de la VI ONEM 2009.
c. Nivel Nacional
i. El Ministerio de Educación - MED premiará a los ganadores de la VI ONEM 2009.


6.6. Del Financiamiento
a) El financiamiento de las tres primeras etapas de la VI ONEM 2009 será cubierto por las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestión Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educación, según la etapa correspondiente.
b) Los gastos que demande la organización y desarrollo de la prueba final serán financiados por el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Secundaria (DES); excepto los gastos de traslado de los estudiantes participantes desde su lugar de origen hasta la sede en Lima, gasto que será cubierto por la Dirección Regional respectiva. Asimismo, se podrá convocar a las instituciones y empresas del sector público y privado para que contribuyan al financiamiento de la actividad en todas sus etapas.
VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
7.1. La Dirección Regional de Educación y sus órganos descentralizados son los responsables de asegurar el cumplimiento de la presente directiva, así como dictar las normas complementarias para atender los casos no previstos en lo que les corresponde.
7.2. En la tercera etapa, de ámbito regional, la evaluación se aplicará de modo virtual.
7.3. La Dirección Regional emitirá una resolución que acredite a los alumnos ganadores de la tercera etapa para su inscripción respectiva en la cuarta etapa.
7.4. Los alumnos ganadores participantes en la cuarta etapa presentarán al momento de la prueba su credencial de la IIEE refrendada por la UGEL.
7.5. Las Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL, bajo responsabilidad remitirán a la Comisión Nacional la relación de los docentes que participaron en el asesoramiento de los estudiantes que llegaron a la cuarta etapa.
7.6. La Comisión Nacional, con el apoyo de la Dirección de Educación Secundaria (DES) realizará el informe final de la actividad.
Pampas, junio de 2009

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